9/1/12

Moción de IU (30-11-2011) Para que se pueda utilizar la capilla del cementerio municipal para funerales civiles o de otras religiones no católicas.


MOCIÓN QUE SE ELEVA AL PLENO MUNICIPAL

Luis Peñalosa Izuzquiza, Portavoz del Grupo Municipal de Izquierda Unida  en el Ayuntamiento de Segovia, en nombre y representación del mismo, y al amparo de lo establecido en la normativa aplicable,  eleva al Pleno de la  Corporación, para su debate la siguiente


MOCIÓN

Exposición de motivos

El Cementerio de la ciudad de Segovia, denominado del Santo Ángel, posee en su interior una pequeña edificación, de propiedad municipal como el resto del inmueble, dedicada, según el inventario de bienes municipales, a capilla y sacristía donde tradicionalmente se despide a los difuntos según el rito de la religión católica.

Hasta no hace muchos años, no se permitía enterrar en este cementerio a quienes no profesaran esta religión, siendo marginados en lo que se denominaba Cementerio Civil.

Afortunadamente, con el retorno de España a la Democracia han desaparecido estas prácticas discriminatorias y, dada la aconfesionalidad del Estado que reconoce nuestra Constitución, las dependencias municipales están a disposición de todos los ciudadanos, sin distinción de ideologías o creencias religiosas y, por lo tanto, el cementerio y sus instalaciones anejas pueden ser utilizados por ellos sin ninguna cortapisa.

No obstante, tal vez por los tabúes que impuso el nacional-catolicismo tras el derrocamiento de la II República y que aun perduran en muchos ciudadanos, esta instalación no es utilizada, como es su derecho, para despedir a los difuntos, por quienes no profesan la religión católica.

Por otra parte, el nombre de “El Santo Ángel” que se dio en su día al Cementerio no se corresponde, a nuestro juicio, con la aconfesionalidad de los ayuntamientos, establecida en la Constitución, ya que se trata de una simbología de carácter católico y, por tanto discriminatorio respecto a quienes profesan otras o ninguna religión.

Para dar a conocer a los ciudadanos la facultad que tienen de hacer uso del edificio conocido como “capilla”, en el Cementerio municipal, para despedir o rendir homenaje a sus difuntos consideramos oportuno tomar los siguientes

ACUERDOS

1º) El Ayuntamiento de Segovia comunica a todas aquellas personas que elijan el Cementerio Municipal para enterrar a sus difuntos, que podrán hacer uso igualmente del local, denominado “capilla” para actos  de despedida u homenaje de carácter civil o de cualquier ritual religioso.


2º) El Cementerio del Santo Ángel pasará a denominarse Cementerio Municipal de Segovia, como corresponde al carácter aconfesional de los Ayuntamientos

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