MOCIÓN QUE
SE ELEVA AL PLENO MUNICIPAL
Luis Peñalosa Izuzquiza, Portavoz del Grupo Municipal
de Izquierda Unida en el Ayuntamiento de
Segovia, en nombre y representación del mismo, y al amparo de lo establecido en
la normativa aplicable, eleva al Pleno
de la Corporación, para su debate
la siguiente
MOCIÓN
Exposición de motivos
El Cementerio de la ciudad
de Segovia, denominado del Santo Ángel, posee en su interior una pequeña
edificación, de propiedad municipal como el resto del inmueble, dedicada, según
el inventario de bienes municipales, a capilla y sacristía donde
tradicionalmente se despide a los difuntos según el rito de la religión
católica.
Hasta no hace muchos años,
no se permitía enterrar en este cementerio a quienes no profesaran esta
religión, siendo marginados en lo que se denominaba Cementerio Civil.
Afortunadamente, con el
retorno de España a la
Democracia han desaparecido estas prácticas discriminatorias
y, dada la aconfesionalidad del Estado que reconoce nuestra Constitución, las
dependencias municipales están a disposición de todos los ciudadanos, sin
distinción de ideologías o creencias religiosas y, por lo tanto, el cementerio
y sus instalaciones anejas pueden ser utilizados por ellos sin ninguna
cortapisa.
No obstante, tal vez por
los tabúes que impuso el nacional-catolicismo tras el derrocamiento de la II
República y que aun perduran en muchos ciudadanos, esta instalación no es
utilizada, como es su derecho, para despedir a los difuntos, por quienes no
profesan la religión católica.
Por otra parte, el nombre
de “El Santo Ángel” que se dio en su día al Cementerio no se corresponde, a
nuestro juicio, con la aconfesionalidad de los ayuntamientos, establecida en la Constitución, ya que
se trata de una simbología de carácter católico y, por tanto discriminatorio
respecto a quienes profesan otras o ninguna religión.
Para dar a conocer a los
ciudadanos la facultad que tienen de hacer uso del edificio conocido como
“capilla”, en el Cementerio municipal, para despedir o rendir homenaje a sus
difuntos consideramos oportuno tomar los siguientes
ACUERDOS
1º) El Ayuntamiento de Segovia comunica a todas
aquellas personas que elijan el Cementerio Municipal para enterrar a sus
difuntos, que podrán hacer uso igualmente del local, denominado “capilla” para
actos de despedida u homenaje de
carácter civil o de cualquier ritual religioso.
2º) El Cementerio del Santo Ángel pasará a denominarse
Cementerio Municipal de Segovia, como corresponde al carácter aconfesional de
los Ayuntamientos
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